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Certificado Energético

La calificación de la etiqueta energética II

Vanessa 2016-12-01


Esta entrada al blog es la continuación de la anterior entrada, dedicada a la Calificación Energética. En la anterior entrada se hacía un repaso del vocabulario referente a temas energéticos, se explicaba el funcionamiento de los programas que calculan la eficiencia energética de los inmuebles y se hacía un breve resumen de las características más relevantes de los inmuebles que influyen en el resultado del cálculo de emisiones y consumo. En esta entrada haré una clasificación de los inmuebles según la calificación energética que suelen obtener. Se trata de una clasificación muy general, basada en mi propia experiencia y en la consulta de informes oficiales, en los que tengo en cuenta los resultados más habituales que se dan en cierto tipo de viviendas con características similares de construcción o de situación.

Aunque la calificación energética puede darse también a locales o a edificios del sector terciario, reservaré otra entrada al blog para estudiar la clasificación energética de estos inmuebles y, en esta entrada al blog, me centraré únicamente en las viviendas.

Fecha de construcción del inmueble y normativas

Si bien la fecha de construcción del inmueble no es un factor determinante (como puede ser la orientación solar), el programa de cálculo supone que un inmueble construido en una fecha cumple las normativas de construcción que estaban aquel año en vigor. Pero ésto no siempre sucede y, en algunos casos, un inmueble puede construirse mejorando las condiciones de confort exigidas o, también, puede darse en caso contrario. En la clasificación que realizaré no tendré en cuenta estos inmuebles que no se corresponden con la normativa vigente.

Para la clasificación, se mantendrá el criterio de los programas de cálculo, que divide los inmuebles en cuatro grandes grupos según su fecha de construcción:

  • Anterior a 1981
  • Construidos entre 1981 y 2007
  • Estos inmuebles cumplen la normativa NBE-CT-79. Gracias a esta normativa se introdujeron mejoras considerables en los sistemas constructivos, como, por ejemplo, la obligatoriedad de colocar aislamiento térmico en las fachadas.
    • Construidos entre 2007 y 2014
    • Cumplen con la normativa CTE 2006. Las mejoras que introduce el Código Técnico de la Edificación incluyen todos los campos, ofreciendo resultados excelentes en el terreno energético. Entre estas mejoras encontramos la eliminación de puentes térmicos en los edificios o la obligación de incorporar sistemas de energías renovables para ACS.
      • Posterior a 2014
      • Incluyen las últimas mejoras en el Código Técnico.

      Cada normativa que se aprueba mejora las condiciones de la anterior, por lo que un edificio construido según una normativa más reciente será más eficiente energéticamente que los construidos con normativas anteriores, produciendo menos emisiones, generando menos consumo y proporcionando más confort a los usuarios.

      Clasificación según la Calificación Energética


      calificacion etiqueta energetica
       

      Condiciones energéticas *: Se refiere a condiciones constructivas, de orientación solar, de protección frente al exterior (superficie de la vivienda en contacto con el exterior), que sean favorables o desfavorables para el rendimiento energétic de la vivienda.

      Calificación G

      Se trata de la peor calificación que puede obtener un inmueble. Se produce el caso extremo de consumo y emisiones. No es muy habitual, ya que deben darse una serie de condiciones muy desfavorables para que la demanda energética y las emisiones de dióxido de carbono sean tan elevadas.

      Para que un inmueble obtenga esta calificación, deben cumplirse la mayoría de estas condiciones:

      • Suele tratarse de inmuebles muy antiguos, construidos con anterioridad a 1981. Las paredes pueden tener un grosor de 15 cm, sin aislamiento térmico.
      • La carpintería exterior es de madera y el vidrio es sencillo.
      • Son inmuebles muy desprotegidos frente a las inclemencias del tiempo. Por ejemplo, en el caso de viviendas unifamiliares aisladas, cuando éstas tienen cuatro fachadas exteriores, una cubierta plana o inclinada y un porche inferior, por lo que están desprotegidas por seis caras.
      • Están mal orientados. Un inmueble que solo dispone de oberturas de fachada a Norte, no recibirá la suficiente radiación solar, por lo que tendrá una demanda altísima.
      • El sistema de agua caliente sanitaria (ACS) es un termo eléctrico.

      Calificación F

      La calificación F es más habitual que la G. Se trata también de viviendas antiguas, pero con características no tan desfavorables. Se suele dar en los siguientes casos:

      • Inmuebles construidos con anterioridad a 1981, bien orientados y no tan desprotegidos. Por ejemplo, pisos en edificios de viviendas.
      • Inmuebles construidos entre 1981 y 1990 y desprotegidos o mal orientados. Suelen ser viviendas unifamiliares.

      Calificación E

      Se trata de la calificación más habitual en viviendas anteriores a 2006.

      • Inmuebles anteriores a 1981 en edificios de viviendas, bien orientados y protegidos de la luz de sur, con dos fachadas opuestas que permiten ventilación cruzada, protegidos del exterior rodeados de otras viviendas (no son áticos ni bajos ni están sobre un local o un garaje), carpintería exterior metálica con vidrío doble.
      • Inmuebles construidos entre 1981 y 2007, pueden ser viviendas unifamiliares más protegidas y mejor orientadas, con aislamiento térmico y carpintería exterior metálica y vidrío doble. En el caso de viviendas en edificios, cuentan con características similares a las construidas con anterioridad a 1981, cuyo factor principal es estar protegidas por más fachadas que en situaciones anteriores.

      Calificación D

      Las viviendas anteriores a 2007 con muy buenas condiciones de orientación, protección solar, proporción muy favorable entre fachada y medianera, sin contacto con garajes, locales, terrazas superiores, porches inferiores o bajo-cubiertas inclinadas, y con sistemas más eficientes de producción de ACS o calefacción (por ejemplo, gas natural), reciben esta calificación.

      La calificación D es la más habitual en viviendas construidas siguiendo las normativas del CTE 2006. En ellas, no todos los sistemas estarán tan optimizados como aquellas con calificación D anteriores a 2006. Puede tratarse de viviendas unifamiliares con varias fachadas exteriores y garaje en el sótano.

      Calificación C

      Las viviendas en edificios y las unifamiliares construidas siguiendo condiciones muy favorables, construidas todas ellas con fecha posterior a 2006, obtienen esta calificación.

      Calificación A y B

      Para obtener estas calificaciones, la vivienda debe estar optimizada en sentido energético. Debe estar construida según los criterios normativos del CTE 2006 o CTE 2013. El sistema de producción de ACS y calefacción o refrigeración debe basarse en energías renovables, como placas solares fotovoltaicas sistemas de biomasa. En estos casos, la energía limpia producida se acerca al 100% de la demanda energética de la vivienda, por lo que las emisiones serán casi nulas.

      Estas dos calificaciones son las más inusuales, ya que no es habitual disponer de sistemas de energías renovables en las viviendas.

      Quizás debería servir para hacernos reflexionar sobre el bien que podríamos hacerle al planeta y a nuestro propio bolsillo si invertimos en la mejora energética de nuestra vivienda, colocando sistemas de energías renovables.


      En Certicedula somos arquitectos colegiados expertos en tramitación de cédulas de habitabilidad y certificados energéticos. Puede ponerse en contacto con nosotros y le aclararemos todas las dudas relacionadas sobre el tema y también puede solicitarnos el informe que necesite.


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